En el presente informe nos introduciremos a los conceptos centrales, objetivos y derechos de la mencionada Ley Nacional de Salud Mental N°26.657 sancionada en el año 2013.
La Ley de Salud Mental
tiene como objeto proteger la salud mental de todas las personas y el absoluto
goce de los derechos humanos para aquella población con tales padecimientos.
Esta ley considera que
el concepto de salud mental al que hace referencia tiene en consideración la
determinación de factores o componentes históricos, socio-económicos,
culturales, biológicos y psicológicos cuya preservación y mejoramiento implica
una dinámica de construcción social vinculada a la concreción de los derechos
humanos y sociales de toda persona (Ley 26.657,2013: Artículo 3°).
Las adicciones en el
marco de esta ley deben ser abordadas como parte integral de la misma y así,
como también, las personas con uso problemático de drogas, legales o ilegales
cuentan con todos los derechos y garantías que se enumerarán a continuación
(Artículo 7°, págs. 8 a 10)
a) Todo
paciente con plena capacidad o sus representantes legales, podrán consentir o
rechazar determinados tratamientos
médicos y decisiones con respecto a su salud y deberán ser aceptadas por el
equipo interdisciplinario interviniente.
b) Derecho
a recibir atención sanitaria y social integral y humanizada a, partir del acceso gratuito, igualitario y
equitativo a las prestaciones e insumos necesarios para asegurar la
recuperación y preservación de la salud.
c) Derecho
a conocer y preservar su identidad, sus grupos de pertenencia, su genealogía e
historia.
d) Derecho
a recibir una atención basada en fundamentos científicos ajustados a principios
éticos.
e) Derecho
a recibir tratamiento y a ser tratado con la alternativa terapéutica más
conveniente, que menos restrinja sus derechos y libertades, promoviendo la
integración familiar, laboral y comunitaria.
f) Derecho
a ser acompañado antes, durante y luego del tratamiento por sus familiares,
otros afectos o a quien la persona con padecimiento mental designe.
g) Derecho
a percibir o rechazar asistencia o auxilio religioso.
h) Derecho
del asistido, su abogado, un familiar o allegado que éste designe a acceder a
sus antecedentes familiares, fichas e historias clínicas.
i)
Derecho a que en el caso de internación
involuntaria o voluntaria prolongada, las condiciones de la misma sean
supervisadas periódicamente por el órgano de revisión.
j)
Derecho a recibir un tratamiento
personalizado en un ambiente apto con resguardo de su intimidad, siendo
reconocido siempre como sujeto de derecho, con el pleno respeto de su vida
privada y libertad de comunicación.
k) Derecho
a no ser objeto de investigación clínicas ni tratamientos experimentales sin un
consentimiento.
l)
Derecho a que el padecimiento mental no
sea considerado un estado inmodificable.
m) Derecho
a no ser sometido a trabajos forzados.
n) Derecho
a recibir una justa compensación por su tarea en caso de participar de
actividades encuadradas como laborterapia o trabajos comunitarios que impliquen
producción de objetos, obras o servicios que luego sean comercializados.
Empatía:
Diferentes conceptualizaciones.
La empatía requiere de
una gran vocación de servicio es considerada un bien altruista y la persona
estará dispuesta a dedicar todo el tiempo y grandes proezas para el bienestar
de los demás.
El concepto tuvo una
evolución a lo largo de la historia de la humanidad desde Darwin pasando por el
explorador ruso Vladimir Arseniev y análisis científicos de médicos psiquiatras
como Vaillant (2009) y Franc de Waal (2011) que lo actualizaron
respectivamente.
Darwin no conocía
todavía la palabra empatía pero creía en la cooperación, la reciprocidad y la
simbiosis para la subsistencia del más apto. Empatía era igual a instinto
social e impulso natural que lleva a salvar a otro, sin pensar en recompensas
ni peligro (Cfr.Carpena,2016:18).
El explorador ruso
Vladimier Arseniev hizo amistad con un cazador de la taiga que lo acompañó a
Siberia durante sus viajes exploraciones y campañas y cuenta como Dersú dejaba
provisiones a los expedicionarios que nunca verían para que no muriesen de frío
(ídem: 18).
El médico psiquiatra
Vaillant manifiesta que “afortunadamente, los humanos tenemos conexiones
desarrolladas entre los centros cerebrales relacionados con la conducta moral y
los centros de placer” y Frans de Waal también ha podido comprobar que “los
centros cerebrales de recompensa se encienden cuando los humanos hacemos
donaciones” (Cárpena, 2016:29).
A medida que pasó el
tiempo el concepto de empatía evolucionó y no quedó reducido simplemente a un
fin altruista se entrevió otro que dio lugar al término empatía terapeútica
“quienes la consideran como una capacidad que incluye elementos cognitivos y
afectivos así como elementos comunicativos o conductuales” (Bermejo, 2013:13).
A diferencia de la
empatía altruista que es un proceso que tiene como objeto acompañar al ser
humano, entrando en su realidad, “poniéndonos en sus zapatos”, comprendiendo y
sintiendo su sentir y punto de vista; la empatía terapéutica es unidireccional,
no interpreta la realidad del paciente
ni intenta modificarla y tampoco es una condición sinequanon haber vivido las
mismas experiencias de un otro, sino ponerse entre paréntesis por un tiempo y
ver la realidad y vivencias desde una doble perspectiva la del ser humano y su situación en
particular.
La empatía terapéutica
como el altruismo se edifican durante los primeros años de vida y son producto
del amor y protección de parte del
cuidador responsable que les haya proporcionado en esos inicios de vida y en
una primera conclusión la empatía sería la capacidad de leer emocionalmente a
las personas.
v Bibliografía
ü BERMEJO,
José Carlos (2012): “La empatía es posible: educación emocional para una
educación empática. Bilbao: Editorial Deselee. Págs 27 a 29.
ü CARPENA,Ana
(2016): “Empatía terapéutica la compasión del sanador herido”. Bilbao,
Editorial Desclée de Brouwer. Pág12 a 14.
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